lunes, 3 de diciembre de 2012

Algo ajeno no hace heredero

Este refrán señala que solo podemos disponer de aquello que realmente somos propietarios y se usa para recordar que, aunque alguien disfrute del uso de un bien, no puede trasmitirlo libremente. En ocasiones una persona tiene el usufructo de una propiedad, pero se trata de un derecho que no se hereda, puesto que aunque podamos disfrutarlo no por ello es nuestro y no podemos transferir su propiedad.


1 comentario:

NJSS dijo...

Excelente blog te felicíto, seguro que vuelvo, hay mucho leer.

Saludos y Suerte.

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